Guía práctica
Cómo implementar la inteligencia artificial en una pyme, paso a paso
Para implementar la inteligencia artificial en una pyme, se empieza por un solo trabajo que se repite, se estudia cómo se hace hoy con ejemplos reales, se prueba con esos ejemplos y solo entonces se pone en marcha, con una persona que revisa lo importante. Lo que cuesta depende sobre todo de ese trabajo: cómo llegan los datos, con qué programas tiene que conectarse y cuánto mantenimiento necesita.
Del equipo de Nevora Consulting Actualizada el
¿Por dónde empiezo a implementar inteligencia artificial en mi empresa?
Por un trabajo concreto, no por una herramienta. Elige el que más tiempo os quita y que se hace casi siempre igual: preparar presupuestos, pasar las facturas a la contabilidad, ordenar el correo o llevar datos de un programa a otro.
¿Cuáles son los pasos?
- Entender cómo se hace hoy: quién lo hace, de dónde llegan los datos, a qué programa van y dónde se atasca.
- Reunir ejemplos reales, con los datos personales tapados mientras no haya nada firmado.
- Decidir qué se automatiza y qué no, y en qué punto revisa una persona.
- Construirlo y probarlo con esos ejemplos antes de que lo use nadie.
- Ponerlo en marcha con el equipo, enseñarle a usarlo y medir si ahorra el tiempo que se esperaba.
- Mantenerlo: los programas cambian, y lo que se conecta con ellos también.
Es el mismo orden que seguimos en Nevora, en cinco fases: consultoría, estudio de tu caso, propuesta, construcción, y puesta en marcha y mantenimiento.
¿Qué hace falta tener preparado?
- Alguien que conozca bien ese trabajo y pueda explicarlo.
- Ejemplos reales de varios días o semanas.
- Saber qué programas usáis y qué ficheros admiten.
- Una persona que revise lo importante cuando ya esté en marcha.
No hace falta cambiar de programa. Primero se mira qué usáis y por dónde tienen que pasar los datos. Si lo que tenéis os vale, no se toca.
¿Cuánto cuesta implementar inteligencia artificial en una empresa?
No hay un precio único: un precio dado sin haber visto cómo trabajáis es, como mucho, una estimación. Lo que cuesta depende de:
- El trabajo en sí: cuántos pasos tiene y cuántas excepciones.
- Los datos: si llegan ordenados o en PDF, en papel, en fotos o por WhatsApp.
- Los programas: con cuántos tiene que conectarse y si lo permiten.
- La revisión: qué tiene que revisar una persona y cómo se le avisa.
- El mantenimiento: lo que hay que ajustar cuando cambian los programas, los precios o la forma de trabajar.
En Nevora no tenemos tarifa.
Funciona así: un pago para arrancar y una cuota mensual de mantenimiento. El precio te lo damos en una reunión, con la propuesta, cuando ya sabemos qué necesitas.
¿Qué dice la ley?
- Si quien lo monta va a tratar datos personales de tu empresa, el Reglamento General de Protección de Datos exige un contrato con él como encargado del tratamiento, y que ofrezca garantías suficientes.
- Si un asistente va a hablar con tus clientes: el Reglamento europeo de inteligencia artificial pide que quien habla con un sistema de IA sepa que es una IA, salvo que sea evidente.
- La Agencia Española de Protección de Datos recuerda que la empresa que incorpora inteligencia artificial tiene que garantizar y poder demostrar que el tratamiento cumple el reglamento.
Esto no sustituye al consejo de un abogado: es lo mínimo que conviene saber antes de empezar.
¿Qué errores conviene evitar?
- Empezar por la herramienta en vez de por el trabajo.
- Querer automatizarlo todo de golpe.
- Probar solo con ejemplos inventados.
- No decidir quién revisa lo importante.
- Olvidarse del mantenimiento.
Según el Banco de España, en la mayoría de las empresas españolas que usaban inteligencia artificial en 2025, el uso seguía en fase experimental. Salir de la prueba pasa por elegir un trabajo concreto, conectarlo con vuestros programas y medir si ahorra tiempo.
Sigue leyendo
Fuentes
Cada dato de esta guía sale de una de estas fuentes públicas, consultadas el 24/10/2026.
- Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 (Reglamento general de protección de datos), artículo 28, en el BOE.
- Reglamento (UE) 2024/1689 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024 (Reglamento de Inteligencia Artificial), artículo 50, en el BOE.
- Agencia Española de Protección de Datos (AEPD): «La AEPD publica una guía para adaptar al RGPD los productos y servicios que utilicen Inteligencia Artificial», nota de prensa del 13/02/2020.
- Banco de España: «La adopción de la inteligencia artificial en las empresas españolas: un primer análisis basado en la EBAE», Boletín Económico 2025/T2, artículo 06, 07/05/2025.